Situación de Dependencia

Hoy vamos a hablar de la dependencia, los diferentes grados que tiene, cómo solicitar la situación de dependencia, los requisitos que hay que tener para solicitarla y a las ayudas que podemos optar.

La dependencia se define como “el estado permanente en que se encuentran las personas, que por diversas razones (edad, enfermedad, discapacidad, etc) necesitan la atención de otra u otras personas o ayuda para realizar las Actividades Básicas de la Vida Diaria”.

El proceso de reconocimiento de la situación de dependencia se inicia a través de los Centros de Servicios Sociales de referencia.

Para solicitar la situación de dependencia hay que cumplir los siguientes requisitos:

  • Necesitar de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
  • Residir legalmente en territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud ( a excepción de los emigrantes retornados).
  • Residir en la Comunidad de Madrid en la fecha en que presenten la solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia.
  • Las personas que carezcan de nacionalidad española se regirán por lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, en los tratados internacionales y en los convenios que se establezcan con el país de origen. En el caso de tratarse de menores se estará a lo dispuesto en las leyes del Menor.

Para valorar a la persona y conocer su situación se aplicará el Baremo de Valoración de la Situación de Dependencia (BVD),  dicha evaluación se hará en su domicilio.

Hay tres grados de dependencia:

  • Grado I: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades de la vida diaria, al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo interminente o limitado para su atonomía personal.
  •  Grado II: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no requiere el apoyo permanente de un cuidador.
  • Grado III: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona.

Una vez que se reconoce la situación de dependencia y se elabora el  Programa Individual de Atención (PIA) la Comunidad de Madrid ofrece diferentes servicios con el objetivos de promocionar la autonomía y atender las necesidades de las personas.

  • Servicio de la prevención de las situaciones de dependencia y promoción de la autonomía personal : actuaciones de promoción de condiciones de vida saludables, programas específicos de carácter preventivo y de rehabilitación.
  • Servicio de Teleasistencia
  • Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD)
  • Servicio de Centro de Día y de Noche (C. Día para mayores, centros de fin de semana, etc.)
  • Servicio de Atención Residencial
  • Prestaciones económicas: es una cuantía  con el fin de: contribuir a la financiación del coste de un servicio, a los gastos derivados de la atención a la persona en situación de dependencia en su domicilio o a la contratación de una asistencia personal.

Os recordamos que también se puede solicitar la revisión del grado de dependencia y del Programa Individual de Atención cuando se produzca una variación en el estado de persona.

Modelo de solicitud y más información en:

http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=CM_ConvocaPrestac_FA&cid=1142592407051&noMostrarML=true&pageid=1331802501637&pagename=PortalCiudadano/CM_ConvocaPrestac_FA/PCIU_fichaConvocaPrestac&vest=1331802501621

 

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